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REGLAMENTO DE LA RED MUNDIAL DE INFORMACIÓN SOBRE BIODIVERSIDAD

CAPÍTULO 1. DEFINICIONES

1.1. La Red Mundial de Información sobre Biodiversidad
1.2. Funciones primordiales de la REMIB
1.3. Del funcionamiento de la REMIB
1.4. Nodos
1.5. Responsable del nodo
1.6. Curadores de las bases de datos
1.7. Bases de datos de la REMIB
1.8. Administradores del nodo
1.9. Investigadores miembros

CAPÍTULO 2. DE LA ESTRUCTURA DE GOBIERNO DE LA REMIB

2.1. De la composición general de la REMIB
2.2. Del Consejo Directivo
2.3. Del Comité Académico
2.4. Del Comité Administrativo

CAPÍTULO 3. DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LOS PARTICIPANTES

3.1. De los nodos
3.2. Del nodo central
3.3. De la incorporación de nodos y bases de datos
3.4. De la desincorporación de nodos y bases de datos
3.5. De los investigadores miembros de la REMIB

CAPÍTULO 4. DEL ACCESO A LA INFORMACIÓN

4.1. De la naturaleza pública de los datos|
4.2. De la propiedad intelectual de los datos
4.3. Tipos de acceso a los datos
4.4. Consultas

CAPÍTULO 5. MODIFICACIÓN DEL REGLAMENTO DE LA REMIB


CAPÍTULO 6. TRANSITORIOS

1. De la composición del primer Consejo Directivo de la REMIB
2. De la modificación del reglamento de funcionamiento de la REMIB

3. De la composición de la Administración General del Nodo Central de la REMIB

4. De la renovación de los miembros del primer Consejo Directivo y del Comité Académico


REGLAMENTO DE LA RED MUNDIAL DE INFORMACIÓN SOBRE BIODIVERSIDAD

 CONSIDERANDO:

Que la crisis de la biodiversidad, que se manifiesta por la pérdida de hábitats, especies y variabilidad genética de las formas vivas, nos obliga a definir en el corto plazo nuevas políticas de conservación de la naturaleza, las cuales deben sustentarse en el conocimiento científico de los principales atributos bióticos de los ecosistemas naturales de México.

Que es necesario sentar las bases de un sistema de comunicación expedito en el área de investigación sobre biodiversidad, que permita tanto el desarrollo óptimo de la investigación básica, como el desarrollo de métodos y técnicas que coadyuven a la conservación y uso sustentable de la biodiversidad.

Que es necesario regular la consulta de la información curatorial de las colecciones biológicas y de las bases de datos sobre biodiversidad con bases éticas convenidas por la comunidad científica. Las instituciones, que al final se señalan, suscriben el presente.

ACUERDO

Sobre el funcionamiento de la Red Mundial de Información sobre Biodiversidad, asumiendo como responsabilidad fundamental la titularidad de los derechos de uso de los datos sobre información biótica que sus investigadores asociados producen, con apego a los artículos expuestos en el presente documento.


CAPÍTULO 1. DEFINICIONES

1.1. La Red Mundial de Información sobre Biodiversidad, que en adelante se denominará REMIB, es un sistema computarizado de información biótica (es decir, incluye bases de datos de tipo curatorial, taxonómico, ecológico, cartográfico, bibliográfico, etnobiológico, de uso y catálogos sobre recursos naturales y otros temas) basado en una organización académica interinstitucional descentralizada, formada por centros de investigación y de enseñanza superior, públicos y privados, que posean tanto colecciones biológicas científicas, como bancos de información sobre colecciones y literatura científica.

1.2. La REMIB tiene como funciones primordiales (i) promover el intercambio de información biótica a través de una red nacional de bases de datos, así como analizar y acordar políticas conjuntas sobre la propiedad intelectual y el control de calidad y formas de distribución de los datos (ii) incrementar y mejorar la accesibilidad y calidad de esta información manteniéndola actualizada y, (iii) ofrecer el conocimiento básico de la biodiversidad al público en general, bajo las normas y procedimientos aquí establecidos.

1.3. La REMIB funciona con instituciones que posean bases de datos sobre biodiversidad y recursos naturales de México, las cuales actúan como nodos, y sus investigadores o expertos como responsables de la información.

1.4. Los nodos son instituciones donde se localizan físicamente las colecciones biológicas científicas u otras fuentes de datos originales sobre biodiversidad, así como las estaciones de trabajo de cómputo donde se opera el intercambio de datos con la REMIB. El nodo de la Comisión Nacional para el Conocimiento y Uso de la Biodiversidad tendrá únicamente bases de datos proporcionadas por expertos. Los particulares con bases de datos o colecciones de interés biológico pueden incluir su información a través de los nodos institucionales.

1.5. El responsable del nodo es el representante formal de la institución donde se ubica el nodo. Realiza el enlace de la institución con la REMIB y se encarga de canalizar las relaciones del Consejo Directivo y el Comité Académico con la institución y los curadores. El responsable del nodo es propuesto por la institución.

1.6. Los curadores de las bases de datos son los responsables del manejo de las bases de datos de las colecciones biológicas científicas u otras sobre componentes de la biodiversidad. El curador de la base de datos debe estar en contacto, en su caso, con el curador de la colección (curador tradicional) cuya información esté incorporada a la REMIB. No obstante, puede haber casos en que ambos curadores puedan ser la misma persona. El curador de la base de datos participa como responsable de una o varias bases de datos asociadas a una colección o a alguna institución que mantenga bases de datos sobre biodiversidad. Las características o perfil, así como las funciones de un curador de base de datos se especifican en el punto 3.1.4.

1.7. Base de datos de la REMIB es un conjunto de datos incorporado a la REMIB por medio de un nodo y bajo la responsabilidad de un curador de base de datos, con una estructura determinada, un plan de desarrollo y un mantenimiento específico.

1.8. Los administradores de los nodos son los responsables del diseño de la página, la operación y mantenimiento de los nodos y de todos los aspectos técnicos (bases de datos, sistemas de comunicación, entre otros). Otras funciones se especifican en el punto 3.1.5.

1.9. Son investigadores miembros de la REMIB aquellos investigadores del área biológica que están asociados a algún nodo, asumiendo las obligaciones y los derechos que norman el uso de la red y que se describen en el capítulo cuatro.

CAPITULO 2. DE LA ESTRUCTURA DE GOBIERNO DE LA REMIB

2.1. De la composición general de la REMIB La REMIB está coordinada por un Consejo Directivo que dirige y vigila las acciones de dos comités ejecutivos: Comité Académico y Comité Administrativo.

2.2. Del Consejo Directivo

2.2.1. Funciones. El Consejo Directivo de la REMIB tiene como funciones:

a. Planificar y coordinar las actividades de la REMIB mediante el desarrollo de programas de trabajo generales.

b. Gestionar el apoyo económico para el mantenimiento de la REMIB.

c. Aprobar el nombramiento de los miembros del Comité Académico.

d. Tomar decisiones con base en las recomendaciones emitidas por los comités ejecutivos.

e. Dar lineamientos sobre los reglamentos y aprobar los planes de trabajo generados por los Comités Académico y Administrativo.

2.2.2. Composición. El Consejo Directivo está conformado por un Director, que es el Secretario Ejecutivo de la CONABIO; un Coordinador General representado por el Director Técnico de Análisis y Prioridades de la CONABIO y cinco miembros, más el apoyo de un Secretario designado dentro de la CONABIO. Las funciones del Secretario son las de convocar y levantar actas de las reuniones, dar seguimiento a acuerdos y vincular al Consejo Directivo con los comités y los nodos.

2.2.3. Designación de miembros. La designación de los miembros del Consejo Directivo se hace con la asesoría o recomendación de los miembros del Consejo Directivo anterior. El Secretario es designado a propuesta del Coordinador General con el aval de los demás miembros del Consejo. Para ser miembro del Consejo Directivo se deberá cumplir con los siguientes requisitos:

a. Ser un investigador mexicano o radicado en México, cuyo trabajo se haya orientado al estudio de la biodiversidad, con una amplia trayectoria académica.

b. Tener experiencia en la dirección de instituciones académicas o sociedades científicas nacionales o internacionales.

El Consejo Directivo puede ser auxiliado además por especialistas no residentes en México.

2.2.4. Período. A partir de los tres primeros años, se reemplazará cada tres años a la mitad de los miembros electos del Consejo Directivo.

2.3. Del Comité Académico

2.3.1. Funciones. Son funciones del Comité Académico:

a. Establecer las prioridades y definir el plan de trabajo de la REMIB.

b. Promover líneas de desarrollo de los nodos o bases de datos en los nodos existentes, con base en las prioridades establecidas y las carencias detectadas.

c. Definir las políticas de uso y manejo de las bases de datos, en especial en lo referente a derechos de propiedad intelectual.

d. Definir políticas y procedimientos de control de calidad de los datos.

e. Asesorar a las instituciones nodo respecto a los datos que deben o no ser públicos.

f. Delinear los perfiles académicos y/o profesionales de las personas que se integran a los diferentes niveles operativos de la REMIB.

2.3.2. Composición. El Comité Académico está presidido por el Coordinador General del Consejo Directivo e integrado hasta por 15 investigadores de diferentes instituciones o dependencias, tanto nacionales como extranjeras, que cubran los siguientes requisitos:

a. Estar asociado a alguna institución que esté reconocida como nodo.

b. Tener experiencia en relación al desarrollo de bases de datos sobre biodiversidad.

2.3.3. Período. Los miembros del Comité Académico pueden formar parte del mismo hasta seis años consecutivos. Cada tres años se renovará a la mitad de sus miembros y así sucesivamente.

2.3.4. Designación de los miembros. El procedimiento para la designación de los miembros sigue los siguientes lineamientos:

a. El Consejo Directivo, a través de su Coordinador General, emitirá la convocatoria para que los investigadores interesados se postulen como candidatos para el Comité Académico.

b. Para el registro de candidatos, se debe hacer llegar al Comité Académico, con apego a los plazos y procedimientos que señale la convocatoria, una carta de aceptación del candidato y un resumen curricular de una cuartilla.

c. Cerrado el plazo, el Comité Académico hace llegar a cada institución nodo, en forma de boletín, las trayectorias académicas y las propuestas de cada uno de los candidatos. Fija un plazo para que cada nodo haga llegar, directamente por medio de su representante, por medios postales certificados, o por medio de la misma red, su votación por siete de los candidatos incluidos en el boletín citado.

d. El Comité Académico, resuelve, con base en el recuento de los votos, la designación de los nuevos miembros. En caso de empate, es el Consejo Directivo quien resuelve la designación, basándose sobre todo en la representatividad institucional y regional y las áreas del conocimiento cubiertas por la REMIB.

e. Los miembros del Comité Académico se pueden reelegir una sola vez.

2.4. Del Comité Administrativo

2.4.1. Funciones. Son funcion del Comité Administrativo:

a. Administrar los recursos financieros de la REMIB.

b. Vigilar los tiempos de actualización de los datos y el funcionamiento administrativo de los nodos.

2.4.2. Composición. El Comité Administrativo está representado por la CONABIO, la cual cumple con los requisitos de contar con experiencia administrativa y estar relacionada con el estudio de la biodiversidad.

CAPÍTULO 3. DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LOS PARTICIPANTES

3.1. De los nodos

Los nodos son instituciones que mantienen o generan datos sobre biodiversidad y que están de acuerdo en poner parte de ellos accesibles al público bajo una política común respecto a derechos de propiedad intelectual y estándares de control de calidad.

3.1.1. Funciones. Las funciones de los nodos son:

a. Dar acceso a los acervos de información que sean requeridos por los usuarios de la REMIB, de acuerdo con los reglamentos de la REMIB y de la institución-nodo, bajo el conocimiento de que cada responsable de su base decide que es lo que pone en la red.

b. La información mínima que cada base de datos debe poner como pública es la relacionada con la nomenclatura, la recolecta y al menos el 75% de los registros georreferenciados.

c. Actualizar la información contenida en sus bases de datos.

d. Conseguir el apoyo económico, para mantener y actualizar las bases de datos.

3.1.2. Recursos humanos. Los requerimientos mínimos de recursos humanos son:

a. Curador de la base de datos (ver inciso 3.14)

b. Administrador del nodo, cuya función es la de mantener operando y en buenas condiciones todo el sistema de cómputo, además de dar asistencia a los usuarios.

3.1.3. Infraestructura. Para que un nodo opere como tal, debe tener una infraestructura mínima en recursos físicos, que es evaluada por el Comité Académico. Debe existir un compromiso institucional de continuidad en el mantenimiento de las bases de datos que participan a través del nodo.

3.1.3.1. Infraestructura física. Los requerimientos mínimos de hardware y software son especificados en su momento por el nodo central.

Hardware: Se seleccionan preferentemente equipos buenos que garanticen su funcionamiento al menos a mediano plazo.

Software: El software mínimo indispensable para que un nodo opere como tal, se especificará en su momento, por el nodo central. 

3.1.4. Colecciones. El Comité Académico analiza la incorporación de un nodo de acuerdo con el tipo de datos, cobertura, calidad de los datos y tamaño y velocidad de crecimiento de la base de datos.

 Los criterios numéricos combinados con otros que tratan de reconocer la calidad y actividad académica del personal involucrado, también proporcionan una idea más fidedigna del candidato a nodo, por lo que también se toman en cuenta:

  • Calidad académica del personal involucrado.

  • Calidad académica de la base de datos (nivel de certidumbre de la información).

  • Calidad académica de la institución.

  • Importancia temática de la base de datos, en función de los criterios propuestos por el Comité Académico.

  • Interés de la institución por participar activa y seriamente en la REMIB.

  • Capacidad de la institución y de sus miembros para conseguir los fondos necesarios para mantener y actualizar las bases de datos.

  • Tener proyectos sobre investigación en biodiversidad en curso (para producir información taxonómica, ecológica o de uso; complementar y depurar bases de datos, actualizar catálogos).

3.1.5. Curador de la base de datos. Las funciones y características de un curador de base de datos son:

Características del curador de la base de datos:

a. Una persona activa en el área, cuyo trabajo de investigación esté vinculado a la elaboración y uso de bases de datos.

b. Una persona con el interés en actualizar y difundir adecuadamente la información bajo su custodia.

c. Una persona vinculada directamente con el especialista en algún grupo taxonómico o un área del conocimiento de la biodiversidad, cuya base de datos producto de su trabajo de investigación sea ingresada a la REMIB.

Funciones del curador de bases de datos:

1. Mantener y actualizar la base de datos que esté bajo su cuidado y notificarlo al nodo central, por lo menos una vez al año. Debe ser auxiliado en esta tarea por el Administrador del nodo.

2. Trabajar en contacto directo con el Administrador del nodo, con el fin de que su base de datos esté adecuadamente conformada y bajo los lineamientos que la REMIB disponga.

3. Determinar, junto con el curador de la colección, las condiciones y restricciones temporales bajo las cuales se utilizan los datos bajo su custodia.

Para que un curador de base de datos de la REMIB sea dado de alta, debe:

a. Incluir en la REMIB las bases de datos, bajo su custodia o de aquéllas producto de su propio trabajo de investigación o de un acervo de datos que signifiquen un aporte importante para el conocimiento de la biodiversidad del país.

b. Ser postulado por su institución, apoyándose en sus antecedentes curriculares y su capacidad para trabajar con el curador de la colección científica e incrementar, depurar y actualizar los lotes de datos taxonómicos, biogeográficos, ecológicos y/o de uso.

Los curadores de las bases de datos, deben ser investigadores, profesores o técnicos, que laboren en museos, herbarios o centros de investigación, con un compromiso institucional para el mantenimiento y actualización de las mismas. En principio, los curadores de las bases de datos pueden ser mexicanos o extranjeros.

3.1.6. Administrador del nodo 

Funciones del administrador del nodo:

1. Supervisar y hacerse responsable del buen funcionamiento del hardware/software sobre el que funcionan las bases de datos del nodo.

2. Instrumentar adecuadamente los cambios estructurales y de funcionamiento que sean solicitados por el curador de la colección y de la base de datos y que redunden en el mejor funcionamiento de ésta. Asimismo, debe generar el sistema o los mecanismos que permitan los cambios nomenclaturales o precisiones geográficas, entre otros, que hagan los investigadores visitantes especialistas, nacionales y extranjeros, que consultan y actualizan la información de las colecciones.

3. Informar, a solicitud del nodo central, de las actividades desarrolladas con respecto a la bases de datos en custodia.

3.2. Del nodo central

El nodo central tiene su sede en la CONABIO y es el único de todos los nodos que no cumple la condición de contar con una colección biológica científica o de generar datos de manera autónoma. Sin embargo, cumple con el papel de coordinar todas aquellas tareas que deban ser ejecutadas de manera concurrente o distribuida. 

3.2.1. Funciones.

a. Establecer las normas técnicas de establecimiento y uso de la red (hardware y software).

b.-Desarrollar el software necesario para habilitar la red.

c. Dar asesoría directa a los Administradores de los nodos en aspectos técnicos de hardware, software, comunicaciones y desarrollo de los sistemas particulares.

d. Proponer y ejecutar las normas y procedimientos de funcionamiento de la REMIB

e. Vigilar y dar seguimiento al funcionamiento técnico de la REMIB.

f. Tener respaldos de los diferentes nodos que son actualizados periódicamente.

g. Determinar conjuntamente con el Comité Académico los estándares respecto a estructura y normas de calidad de las bases de datos.

h. Coordinar junto con los nodos, la elaboración y estructura de las bases de datos.

i. Supervisar el mantenimiento de los estándares y normas relacionadas con las bases de datos en los nodos.

j. Asesorar a los curadores e investigadores asociados a los nodos acerca de cómo hacer el mejor uso de su información.

k. Funcionar como nodo virtual al incluir la información de instituciones pequeñas que no estén en la disposición o no tengan la posibilidad de conformar un nodo real permanente, debido a su infraestructura física y humana, pero que desean ingresar sus bases de datos a la REMIB y funcionar como una terminal del nodo central.

l. Establecer un proceso continuo de evaluación de las solicitudes de los candidatos a nodos que deberá considerar:

i. Características y perfil académico de las instituciones, investigadores y posibles curadores de la bases de datos.

ii.Tipo de datos, calidad de las mismas, cobertura y extensión.

iii.Estado actual y funcionalidad de la base de datos.

iv.Normas de actualización e intercambio de información.

v.Apoyo financiero para el mantenimiento de las bases de datos.

3.2.2. Infraestructura. El nodo central debe contar con la infraestructura física y humana mínima necesarias para llevar a cabo sus funciones. 

3.2.2.1. Recursos humanos. Se requiere: 

a. Dos o tres instructores con la preparación adecuada para dar cursos a los administradores de los nodos.

b. Uno o dos administradores generales de la REMIB, cuyas funciones son:

i.Asistir a todos los administradores de los nodos.

    ii. Atender los problemas técnicos (hardware y software) que se presenten en los nodos.

iii. Reportar a los curadores y al Comité Administrativo los índices de consulta y citaciones.

iv. Vigilar permanentemente el funcionamiento correcto de la red (en sus aspectos técnicos).

v. Instalar los servidores y el software correspondiente en los nodos.

 3.2.3. Bases de datos del nodo central. El administrador, avalado por las sugerencias del Consejo Directivo y del Comité Académico, establece las normas de ingreso y baja de datos a la base.

 3.2.4. Respaldos. Como cualquier otro nodo, la base del nodo central se debe copiar con fines de respaldo en cualquier tiempo y siempre que haya un nuevo lote de datos de acceso libre que se incorpore a ella. No existe ningún inconveniente en que cualquiera de los nodos copie completa o parcialmente la base actualizada; sin embargo, cualquier obtención de copias o consultas a las copias tienen que ser reportadas al nodo correspondiente.

3.3. De la incorporación de nodos y bases de datos

La CONABIO somete a consideración del Consejo Directivo y del Comité Académico las solicitudes de incorporación de instituciones candidatas a funcionar como nuevos nodos de la REMIB, con base en los siguientes requisitos académicos y de infraestructura. Las instituciones candidatas tienen que presentar un proyecto de incorporación en el que desglosen con detalle la infraestructura física y humana con la que cuentan, para así saber si cubren los requerimientos para lograr su incorporación, así como detectar las necesidades para ingresar como nodo.

3.3.1. Requisitos académicos. Los nuevos nodos deben ser instituciones donde:

a. Se mantengan o produzcan datos sobre biodiversidad de México y cuyas bases de datos cumplan con los requisitos señalados en los perfiles académicos definidos por el Comité Académico (ver inciso 3.1.4).

b. La institución candidata tenga una actividad de investigación taxonómica o en alguna área de conocimiento de la biodiversidad, avalada por el registro de proyectos vigentes ante fondos de apoyo a la ciencia, ya sean del país y/o del extranjero o que cuente con personal reconocido laboral y académicamente como investigadores de tiempo completo.

Será competencia del Comité Académico estar al tanto de los niveles de crecimiento y consolidación académica de las instituciones dedicadas a la investigación, con el fin de contar con un marco permanente de referencia.

 c. Estén de acuerdo con las políticas de propiedad intelectual y control de calidad acordados por el Consejo Directivo y el Comité Académico.

3.3.2. Requisitos técnicos. La infraestructura básica necesaria con que debe contar una institución como nodo de la REMIB es analizada por el nodo central considerando los aspectos señalados en el inciso 3.1.2. Esto incluye al personal capacitado en el manejo de la tecnología de cómputo utilizada por la red, así como aquel encargado de auxiliar en la instrumentación de los sistemas de bases de datos con los que participen en la REMIB. Los estándares técnicos de equipo y personal de cómputo están a disposición de los solicitantes que quieran proponer proyectos de incorporación.

 Es requisito indispensable que la institución nodo cuente con acceso a internet y software de servidor de web.

 3.3.3. Incorporación de bases de datos. La CONABIO es la encargada de recibir y aprobar las solicitudes de incorporación de bases de datos que propongan los nodos. Las solicitudes deben tener una descripción del contenido, curador responsable, plan de desarrollo y restricciones de acceso.

 Cada base de datos debe contar con sus correspondientes metadatos de acuerdo con el estándar propuesto por la CONABIO (en desarrollo) y que está basado en el "NBII Content Standard for National Biological Information Infrastructure Metadata" (United States Geological Survey, 1995). Los metadatos contienen información básica del conjunto de datos que conforman la base y se refieren al contenido, calidad e identificación de lo mismos.

3.4. De la desincorporación de nodos y bases de datos. Un nodo es desincorporado de la red por el Consejo Directivo cuando:

a. La institución nodo así lo decida y lo solicite explícitamente al Consejo Directivo, exponiendo sus motivos.

b. No cumpla con las funciones señaladas en el punto 3.1.1., principalmente por no mantener actualizada la información contenida en sus bases de datos, no dar acceso a sus acervos a otros usuarios y no informar periódicamente al nodo central de las actividades relacionadas con el nodo.

3.5. De los investigadores miembros de la REMIB

El administrador del nodo es el encargado de otorgar las claves de acceso según el tipo de usuario. El curador de la base de datos contará con una clave exclusiva la cual le permite agregar o modificar registros.

La información recopilada en las base de datos es de acceso libre mediante INTERNET. En el caso de información no publicada y de especies con alguna categoría de protección, es decisión del mismo curador y de la institución nodo restringir su acceso. Sin embargo, tanto el Consejo Directivo como los comités ejecutivos tienen la función de difundir la tarea de la REMIB e invitar a los curadores e investigadores a poner a disposición del público la mayor cantidad de información posible.

CAPÍTULO 4. DEL ACCESO A LA INFORMACIÓN

4.1. De la naturaleza pública de los datos

Los datos que los nodos decidan aportar a la REMIB se consideran de naturaleza pública y de uso gratuito, siempre y cuando su consulta esté destinada a la investigación básica y aplicada de las especies mexicanas, al desarrollo de materiales educativos o a la investigación social.

4.2. De la propiedad intelectual de los datos

Los investigadores, colecciones e instituciones que se den de alta como miembros de la REMIB asumirán las siguientes consideraciones

a. Acceso a los datos: la REMIB será un mecanismo de libre acceso. Tanto los miembros adscritos como los usuarios en general tendrán libre acceso a los datos de las bases de datos afiliadas o desarrolladas por la REMIB, a través de una clave de acceso otorgada por la CONABIO.

b. Derechos sobre propiedad intelectual de datos sobre biodiversidad: la REMIB buscará fortalecer la libre distribución de datos sobre biodiversidad y en particular:

  • Se respetarán los derechos sobre propiedad intelectual de bases de datos desarrolladas por otras organizaciones y que posteriormente sean afiliadas a la REMIB.
  • Se buscará hasta donde sea posible, colocar bajo dominio público cualquier dato comisionado, creado o desarrollado directamente por la REMIB, y
  • Se respetará cualquier condición establecida por el proveedor de los datos siempre y cuando cumpla con la información mínima establecida para las bases de datos de la REMIB.

    c. Atribuciones: la REMIB exigirá que la fuente de los datos sea reconocida y que tal atribución se mantenga en cualquier uso subsecuente de los datos.

    d. Manejo de bases de datos: la responsabilidad del manejo y actualización de los datos en las bases de datos afiliadas a la REMIB es del proveedor de los datos.

    e. Acceso a datos restringidos: tanto los propietarios de las bases de datos como la CONABIO tienen el derecho de condicionar o vetar el acceso a ciertos datos, tales como especies en riesgo o raras.

    f. Validación de los datos: no existe responsabilidad por parte de la REMIB ni del curador de la base de datos sobre la exactitud y confiabilidad de los datos ni del uso que se les dé.

    g. Acceso a datos sobre recursos biológicos: la REMIB se asegurará, dentro de ciertos límites razonables, que el acceso a colecciones de datos sobre recursos biológicos sea consistente con las leyes nacionales e internacionales y que cualquier requerimiento relevante tenga consentimiento previo.

    h. Derechos de propiedad intelectual sobre software desarrollado por la REMIB: el Coordinador General, a nombre de la REMIB, podrá reclamar derechos de propiedad intelectual sobre cualquier herramienta de software que sea desarrollada para la REMIB.

    i. Transferencia de tecnología: sujeto a cualquier derecho relevante de propiedad intelectual, la REMIB buscará promover la transferencia de tecnología en informática a instituciones de investigación de países en desarrollo, especialmente en conjunción con programas de capacitación y entrenamiento.

4.3. Tipos de acceso a los datos

Los datos de la REMIB están clasificados en dos tipos, los de consulta libre y los de acceso restringido.

4.3.1. Datos de acceso libre. Las bases de datos de los nodos contienen información, lo más detallado posible, de tipo geográfico, taxonómico, ecológico o de uso, que son compatibles con las políticas internas del nodo. Además, cada dato indica el medio de comunicación institucional, de forma que el interesado se pueda poner en contacto con el investigador responsable del nodo señalado. La información que los custodios ingresen a la REMIB se considera como disponible al público y, en particular, a todos los miembros de la REMIB.

 4.3.2. Datos de uso restringido. Los custodios pueden decidir no liberar parte de la información sobre la que estén laborando, o bien, pueden imponer condiciones sobre su disponibilidad pública, siempre y cuando cumplan con la información mínima establecida para las bases de datos de la REMIB. Cuando la información incluida en la red no esté liberada se tiene un máximo de cinco años para hacerla disponible al público, excepto en los casos siguientes: 

a. cuando la divulgación de la información ponga en peligro la existencia de poblaciones de especies amenazadas.

b. cuando el custodio se encuentre analizando la información con vistas a su publicación, por lo que se acordará un plazo razonable para su divulgación.

c. cuando el custodio haya obtenido información de terceras fuentes que le impusieron restricciones de uso. En este caso, el Consejo Directivo, en su calidad de máxima autoridad de la REMIB, negociará con las fuentes originales de los datos las condiciones de liberación de esta información.

4.3.3. Acceso a redes internacionales. La REMIB funge como la representante de México ante las iniciativas de unir redes de información sobre biodiversidad a nivel internacional como son la Red de Información sobre Biodiversidad para América del Norte (NABIN), la Red Interamericana de Información sobre Biodiversidad (IABIN) y el Mecanismo Global para la Información de la Biodiversidad (GBIF). Su participación en ellas se da de acuerdo con lo establecido en este Reglamento.

4.4. Consultas

La REMIB es un portal dentro de la página web de la CONABIO (http://www.conabio.gob.mx).

Para realizar una consulta, los usuarios deberán de haber aceptado los siguientes puntos:

a. Cada usuario debe registrarse para obtener una clave de acceso, de la cual es absolutamente responsable del uso que él u otras personas le den.

b. El usuario que utilice información de la REMIB tiene la obligación de notificar sobre su uso en publicaciones a las que está destinada la información requerida, de tal forma que pueda reconocerse académicamente la autoría intelectual de los colectores, determinadores e instituciones que hayan generado la información.

c. Independientemente del punto anterior, cada usuario consultor tiene la obligación de mencionar en los reconocimientos las fuentes de origen de sus datos.

d. No existe responsabilidad por parte de la REMIB o del curador de la base de datos sobre la validez de los datos ni del uso que se le den a éstos.

e. El usuario se compromete a que la información obtenida no sea utilizada en detrimento de la conservación de la flora y fauna nacional (i.e. tráfico de especies) ni en procesos que alteren irreversiblemente el equilibrio ecológico (i.e. extracción indiscriminada o introducción de especies).

f. El usuario debe informar si obtendrá retribución económica a partir de la información que obtenga de la REMIB.

g. El nodo central reportará periódicamente a cada nodo el número de accesiones (consultas) y el destino de las consultas que se realizaron a su conjunto de datos.

h. Si el nodo central o cualquier otro nodo de la REMIB produce materiales para un usuario (i.e. información elaborada como resúmenes, síntesis de datos, gráficas, estadísticas, entre otros), el nodo deberá: 

a. Identificar mediante cita, la fuente original de cada dato relevante.

b. Identificar al curador fuente de los datos usados, así como informarle sobre las consultas efectuadas a sus datos.

i. Los datos no podrán ser redistribuidos 

Nota: Se entiende que los datos accesibles a través de la REMIB pueden estar sujetos a protección de la propiedad intelectual y la violación de las leyes correspondientes podrá ser objeto de denuncia y consignación. Queda estrictamente prohibido la edición, reproducción, redistribución, adición o reducción total o parcial de la información de la REMIB o cualquier otra forma de explotación comercial con fines de lucro sin el consentimiento del responsable de los datos y de la REMIB.

CAPÍTULO 5. MODIFICACIÓN DEL REGLAMENTO DE LA REMIB

El presente reglamento deberá revisarse cada tres años con el fin de incorporar las medidas necesarias que en futuro imponga la tecnología o las necesidades académicas, económicas o sociales. Las modificaciones que se consideren pertinentes hacer al reglamento se discutirán y analizarán en el seno de los comités ejecutivos y serán propuestas al Consejo Directivo, el cual aprobará las modificaciones convenientes para el mejor desempeño de las funciones de la REMIB.

CAPÍTULO 6. TRANSITORIOS

1. De la composición del Consejo Directivo de la REMIB. En esta segunda etapa, el Consejo directivo de la REMIB está conformado por los miembros siguientes:

Dr. Arturo Gómez-Pompa
Dr. Gonzalo Halffter Salas
Dr. José Sarukhán Kermez
Dr. José Ramírez Pulido
Dr. Jorge Llorente Bousquets
Dr. Jorge Soberón Mainero (Director)
Dra. Patricia Koleff Osorio (Coordinador General)
M. en C. Verónica Aguilar Sierra (Secretario)

2. De la modificación del reglamento de funcionamiento de la REMIB. En esta segunda etapa el reglamento es modificado por la Comisión nombrada en la reunión del 23 de Julio de 1999, para ser aprobada posteriormente por el Comité Académico, conformado de la siguiente manera y por el Consejo Directivo (propuesto en el transitorio 1):

Comité Académico

Dr. Salvador Contreras Balderas
Dr. Jesús A. Cuevas Sánchez
Dra. Patricia Dávila Aranda
M. en C. Adolfo Espejo Serna
Dr. Rafael Fernández Nava
Dr. Lorrain Giddings
Ing. Eric Hágsater
M. en C. Livia León Paniagua
Dr. Rafael Lira Saade
Dr. Francisco Lorea Hernández
Dr. Miguel Ángel Morón Ríos
Dr. Adolfo Navarro Sigüenza

3. De la composición de la Administración General del Nodo Central de la REMIB. En esta segunda etapa el Administrador General del Nodo Central es el Ing. Raúl Jiménez Rosenberg.

4. De la renovación de los miembros del primer Consejo Directivo y del Comité Académico. El Consejo Directivo y el Comité Académico llegarán a un acuerdo previo para la sustitución de sus miembros. En caso de que no haya autopropuestas para dejar el cargo, se propondrá el mecanismo a seguir para su renovación.

 

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