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LA SECRETARÍA EJECUTIVA
La CoP designó al Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente (PNUMA) como la organización internacional competente para desempeñar las funciones de la Secretaría Ejecutiva.
El artículo 24 del CDB establece las funciones de la Secretaría:
- Organizar las reuniones de la CoP y prestar los servicios necesarios.
- Desempeñar las funciones que se le asignen en los protocolos.
- Preparar informes acerca de las actividades que desarrolló en desempeño de sus funciones para presentarlos a la CoP.
- Asegurar la coordinación necesaria con otros órganos internacionales pertinentes, y en particular, concertar los arreglos administrativos y contractuales que puedan ser necesarios para el desempeño eficaz de sus funciones.
- Desempeñar las demás funciones que determine la CoP.
Anteriormente, la sede del Secretaría del CDB se encontraba en Ginebra, Suiza. A partir de 1996, la Secretaría se estableció en Montreal, Canadá.
La Secretaría del CDB ha establecido mecanismos de cooperación con otras instituciones ambientales y convenciones internacionales, entre las cuales destacan:
- Convención relativa a los Humedales de Importancia Internacional especialmente como Hábitat de Aves Acuáticas, (Convención de Ramsar)
- Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Flora y Fauna Silvestres (CITES)
- Convención para el Combate de la Desertificación (CCD)
- Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y Alimentación (FAO)
- Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático (UNFCCC)
- Secretaría de DIVERSITAS
- Fondo para el Medio Ambiente Mundial (GEF)
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